El Ministerio de Hacienda ajustó tarifas de retención y autorretención especial de renta: Decreto 0572 de 2025
Considerando que el inciso 1 y parágrafo 2 del artículo 365 del Estatuto Tributario otorgan la facultad al Gobierno nacional para establecer retenciones en la fuente y autorretenciones del impuesto sobre la renta y complementarios y de acuerdo con el estudio económico elaborado por la Dirección General de Política Macroeconómica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se expidió el Decreto 0572 de fecha 28 de mayo de 2025, que modifica las tarifas de autorretención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y las bases mínimas para aplicarla, teniendo en cuenta que en diversos sectores de la economía existe una brecha significativa entre las autorretenciones y el impuesto a cargo.
Según el Ministerio, esta diferencia, atribuida principalmente a una tarifa de autorretención que no evoluciona en consonancia con el impuesto a cargo de los contribuyentes, genera un costo de oportunidad para la administración tributaria, que no logra recaudar oportunamente los recursos correspondientes.
Las mejores condiciones económicas generales y particulares, las adecuadas condiciones de liquidez del aparato productivo y las brechas significativas entre autorretenciones e impuesto a cargo en varios sectores económicos justifican una revisión de las tarifas de autorretención para el recaudo de acuerdo a la realidad económica de los contribuyentes.
A continuación, presentamos un cuadro comparativo entre la normativa anterior y las modificaciones realizadas con este Decreto.



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