Aplicación del Decreto 572 de 2025 en el Distrito Capital

La expedición del Decreto Nacional No. 572 de 2025, que modifica normas relacionadas con las tarifas de autorretención y las bases mínimas para practicar retención en la fuente, generó inquietudes respecto a su aplicación en el impuesto de industria y comercio (ICA) dentro del Distrito Capital.

En respuesta a estas dudas, la Subdirección Jurídica Tributaria de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá emitió el Memorando No. 220010-60 del 10 de junio de 2025, en el que concluye que la norma aplicable en Bogotá sobre las bases mínimas de retención en la fuente a título de ICA es el artículo 8º del Decreto No. 271 de 2002. Aunque para el año 2006 dichas bases se alineaban con la normativa nacional, a partir de 2007 fueron convertidas a UVT por la administración tributaria distrital, siguiendo el procedimiento establecido.

A continuación, puede consultar el Memorando completo para su información:

Si tienes dudas sobre este tema, no dudes en contactarnos. Estamos disponibles para asesorarte.

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